En días pasados se dio a conocer que algunas plataformas digitales incrementarán sus precios a partir del 7 de junio del 2020 debido a las modificaciones fiscales que se aprobaron para que las transacciones que se realicen dentro de estas plataformas paguen, obligatoriamente, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), por lo que es importante que los usuarios de estos servicios conozcan el tema y el efecto que puede tener en sus finanzas.
¿Los usuarios deben de pagar el IVA?
Si “El IVA lo van a terminar pagando los usuarios porque es un impuesto indirecto, es decir, que el que absorbe el gasto es el consumidor final; sin embargo, algunas empresas pudieran decidir no trasladar por completo el impuesto al consumidor final y no aumentar sus precios, de manera proporcional, a la tasa que se grava del IVA”.
El artículo Primero de la Ley del IVA establece que quienes presten servicios, enajenen o importen bienes pueden trasladar el impuesto, de forma expresa, a las personas que adquieran dichos productos o servicios.
¿Se
podrá solicitar Factura a estas plataformas?
Otra duda entre los contribuyentes es si ahora se podrá solicitar factura a estas plataformas y así deducir este gasto en su declaración anual. La respuesta es: La deducción dependerá del régimen en el cual tributen los pagadores de impuestos.
Algunos usuarios de estos servicios tienen la posibilidad de deducir estos gastos por ser indispensables para sus negocios, por lo que ese IVA que les será trasladado podrá ser acreditable. Para estos efectos el usuario requiere de un comprobante fiscal en los términos que dispone la autoridad fiscal mexicana. No se trata de una factura electrónica como las que expiden los contribuyentes mexicanos, pero sí debe ser electrónica y cumplir con algunas medidas que el SAT establezca, sobre todo, contener el desglose del impuesto”.